“Guerra jurídica” como la nueva estrategia de la restauración total

Todavía no existe traducción exacta o adecuada al español para el término/concepto neologístico inglés de “lawfare”. La más aproximada es la de “guerra jurídica” o “guerra judicial”. Aquí un pasaje de trasfondo interesante que podemos encontrar en Wikipedia:

“El término “lawfare” aparece escrito por primera vez en un artículo de 1975, escrito por los humanitaristas australianos John Carlson y Neville Thomas Yeomans, titulado “Whither Goeth the Law: Humanity or Barbarity” (“Hacia dónde va la ley: humanidad o barbarie”, en inglés antiguo).​ Los autores argumentan que el sistema jurídico occidental se ha convertido en demasiado polémico y utilitario, en comparación con el más humanitario basado en las normas del sistema oriental. Ellos opinan que la búsqueda de la verdad ha sido sustituida por una especie de guerra llevada adelante en los tribunales, y para definir esa situación inventan la expresión “lawfare”, reemplazando la expresión “war” (guerra) por “law” (ley), en la palabra “warfare” (ir a la guerra).”

Otro pasaje interesante lee del siguiente modo:

“John Comaroff, en su libro Colonialismo, cultura y ley (2001), analizó el uso por parte de los países de Europa en África, durante los siglos XIX y XX. En su análisis, Comaroff concibe al lawfare (guerra jurídica), como el uso de la ley para lograr la subordinación, la conquista o el control de poblaciones subalternas o, en general, de grupos menos poderosos, definiéndolo como “el esfuerzo por conquistar y controlar a los pueblos indígenas mediante el uso coercitivo de los medios legales”.​ El uso del discurso jurídico (por ejemplo, la redacción y difusión de notas “internas” del gobierno legal racionalizando el uso de las prácticas de interrogatorios ampliamente condenadas) a menudo acompaña a las diversas formas imperiales, la hegemonía nacionalista o incluso social.

En su libro Comaroff describe el lawfare (“guerra jurídica”) como una “guerra de derecho internacional”, y la menciona como uno de los medios que puede ser llevada la acción ofensiva contra el enemigo sin recurrir a las armas. En una parte más detallada, describe además cómo “aprovechar la primera oportunidad para establecer los reglamentos.” El libro señala que las naciones poderosas tienen la prerrogativa de hacer sus propias reglas, pero que al mismo tiempo quedan comprometidas con ellas. Un segundo actor podría eludir esta normativa, ya que no está igualmente obligado por ellas. Por lo tanto, sería una desventaja grave para la nación poderosa, permitiendo a la nación más pequeña una relativa libertad.” (https://es.wikipedia.org/wiki/Guerra_jur%C3%ADdica)

La estrategia “legal” que están empleando distintos bloques de poder dentro de lo que yo llamo la restauración total en Guatemala se desprende del hecho de que “cuando la ley de una nación se vuelve contra sus propios funcionarios”, estos/as funcionarios reaccionan adoptando la “guerra jurídica” como uno de los campos de batalla a los que pretenden extender sus privilegios y excepciones y de los que pretenden expulsar a sus enemigos/as. En el caso de Guatemala esto significa, en primer lugar, el intento del Pacto de Corruptos/as para tomar y cooptar esas instituciones del Estado neoliberal ampliado encargadas de hacer derecho (poder legislativo), implementarlo (poder ejecutivo, poder judicial, TSE o poder electoral, etc.) o defenderlo (CC, PDH, etc.) y que todavía lo hacen de modo relativamente autónomo y en base a principios como es el caso particular de la CC, la PDH y la FECI. Es, por tanto, un giro nuevo en la guerra de posiciones restauradora (contra-refundadora).

Pero el hecho de que la ley misma esté siendo utilizada por alguna gente en contra de los intentos de restaurar la corrupción ampliada como la reveló la CICIG no es la única razón para implementar la “guerra jurídica” restauradora en este momento. Esto también responde al hecho de que la infame estrategia Rodríguez del desacato a las resoluciones y autoridad de la CC y el golpe legislativo en el que de hecho ha existido el orden constitucional de Guatemala en todo 2020 y lo que va del 2021 no resultó (o no ha resultado) en el desafuero de magistrados/as de la CC, el desafuero del Procurador de los DH, el desafuero del jefe de la FECI, etc. Aunque sí han tenido resultados en haber logrado aplazar la elección de magistrados de la CC y de la CSJ tanto como les ha sido posible, esto en realidad ha sido una victoria pírrica.

La estrategia de “guerra jurídica” abierta, encaminada tanto a la cooptación de la CC y otras instituciones, así como a crear la oportunidad para establecer las normas y reglamentos mismos que ha de regir la conducta futura del Pacto de Corruptos/as y sus aliados/as, parece ser muy civilizada. Pero, en realidad, aunque parezca menos agresiva y menos beligerante que la estrategia Degenhart (que consistió en un ataque abierto y directo a la Cicig que logró su expulsión de Guatemala; y que Giammattei y su gobierno habrían de ampliar más tarde con el desmantelamiento de las instituciones de la paz que surgieron de los Acuerdos de Paz firmados en 1996), no es una estrategia menos reaccionaria, restauradora y, por ello, hegemonizante.

Es importante señalar también que quienes hoy demandan, desde la sociedad civil permitida e incluso desde los movimientos sociales y colectivos urbanos, que el Congreso, el Ejecutivo, el CANG y la USAC “cumplan” sus funciones, que se comprometan con un proceso de designación “transparente, equitativo y basado en el mérito y la ética” y que nombren gente “proba” e “idónea” para llenar las magistraturas de la CC o la CSJ están, a mi juicio, no simplemente haciendo “vigilancia ciudadana”, sino que están participando en el juego de las sillas musicales cuyas normas y reglamentos están bajo el control restaurador. Así que el problema no es que “la designación de magistrados de la CC por el Congreso y por el Ejecutivo (presidente, vicepresidente y ministros de Estado)” sea algo problemático “debido a que son órganos de corte esencialmente políticos y actúan de acuerdo con intereses políticos”. Es problemático, en lo fundamental, porque responde a un proyecto profundamente restaurador que busca regresar a los días dorados de la corrupción sin mayores controles ciudadanos, empresariales o incluso internacionales y, de igual forma, a los días exuberantes del neoliberalismo extractivista sin preocupación de que una ola creciente de resistencia comunitaria ponga en peligro la sagrada “certeza jurídica” del capital y la propiedad privada.


Marco Fonseca es Doctor en Filosofía Política y Estudios Latinoamericanos por parte de la York University. Actualmente es instructor en el Departamento de Estudios Internacionales de Glendon College, York University. Su libro más reciente se titula «Gramsci’s Critique of Civil Society. Towards a New Concept of Hegemony» (https://goo.gl/Oeh4dG).

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Imagen: La Hora

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